Perú fija cuota de 444 toneladas para la pesca de tiburón martillo en 2026
El Ministerio de la Producción (Produce) mediante la Resolución Ministerial N.° 000436-2025-PRODUCE, publicada el 30 de diciembre en el Diario El Peruano estableció un límite anual de captura para el 2026 de 444 toneladas para el tiburón martillo (Sphyrna zygaena). La medida busca reforzar el control y la conservación de esta especie, considerada vulnerable a la sobreexplotación y tráfico ilegal de aletas.
La cuota fue definida en línea con la recomendación técnica del Instituto del Mar del Perú (Imarpe) y se aplicará bajo un enfoque precautorio, dada la incertidumbre sobre el estado poblacional del recurso. El límite se dividirá en dos periodos: 360 toneladas entre el 11 de marzo y el 30 de junio, y 84 toneladas entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2026.
Según Imarpe, el desembarque estimado de tiburón martillo en 2025 se mantuvo por debajo del tope autorizado, lo que respaldó la fijación de la nueva cuota anual. No obstante, el organismo científico continuará con el monitoreo permanente de los indicadores biológicos y pesqueros, y podrá recomendar ajustes si las condiciones del recurso así lo requieren.
La resolución ratifica que el tiburón martillo solo podrá ser desembarcado en puntos autorizados y prohíbe expresamente el desembarque de aletas sueltas o seccionadas, en concordancia con las normas de ordenamiento pesquero vigentes. Asimismo, los armadores y titulares de permisos de pesca deberán utilizar de manera obligatoria la bitácora de pesca específica para tiburón martillo, aprobada en 2024, la cual deberá ser presentada a personal del IMARPE y a los fiscalizadores en los puntos de desembarque.
La Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción será responsable de suspender las actividades extractivas una vez alcanzado, o cuando se estime que se alcanzará, el límite anual de captura. En ningún caso la actividad podrá extenderse más allá del 31 de diciembre de 2026.
El incumplimiento de las disposiciones establecidas será sancionado conforme a la Ley General de Pesca, su reglamento y el régimen vigente de fiscalización y sanción. Produce, en coordinación con los gobiernos regionales y la Marina de Guerra del Perú, realizará acciones de vigilancia y difusión para asegurar el cumplimiento efectivo de la norma.







