Nueva Ley de Pesca en Chile: Diputados aprueban que las embarcaciones artesanales no podrán exceder las 80 toneladas
En horas de la mañana de ayer 5 de marzo, la Comisión de Pesca de la Cámara de Diputados de Chile, aprobó el Párrafo III. Naves y embarcaciones, Artitulo 155 de la nueva Ley de Pesca en que se determina la categorización de las naves o embarcaciones que realizan pesca extractiva artesanal, donde cuya capacidad por viaje de pesca no podrá exceder las 80 toneladas.
De esta manera, el reglamento dictado por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, suscrito además por el Ministerio de Defensa Nacional, establece la categorización de las embarcaciones, considerando el tamaño de la eslora, la capacidad de carga y bodega, el arte de pesca, así como los demás requisitos y condiciones necesarios para viabilizar la extracción y garantizar la seguridad de los tripulantes. Además, se tiene en cuenta el uso sostenible de los recursos hidrobiológicos, lo que fue finalmente aceptado.
De este modo avanza y se fortalece la Ley de Pesca de Chile, con el objetivo de escribir una nueva historia para la pesca mapuche, que vivió el peor trago amargo con la denominada Ley Longeira, que desde su creación en 2013 presentó vicios de corrupción, lo que llevó a condenas por parte de la justicia de ese país. Sin embargo, hoy potencia la pesca artesanal con la finalidad de mantener la empleabilidad, algo que lamentablemente no sucede en Perú.







