El Ministerio de la Producción (PRODUCE) ha establecido el límite máximo de captura total permisible para el recurso merluza (Merluccius gayi peruanus) durante el régimen provisional de pesca para el período de julio 2024 a junio 2025.
De acuerdo con la Resolución Ministerial Nº 000327-2024-PRODUCE, publicada en el diario El Peruano, se ha fijado un límite de 30,821 toneladas para esta especie.
La Dirección General de Pesca para Consumo Humano Directo e Indirecto será responsable de publicar, mediante una resolución directoral, el listado de asignación de los límites máximos de captura por embarcación (LMCE) para la merluza.
Asimismo, la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura, junto con la Dirección General de Pesca para Consumo Humano Directo e Indirecto y la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, llevará a cabo las acciones necesarias para la difusión de esta normativa y garantizará su cumplimiento.
Es importante destacar que Produce tiene la facultad de modificar el límite establecido, previa evaluación del Instituto del Mar del Perú (Imarpe), basándose en los resultados del monitoreo continuo y el análisis de los principales indicadores biológicos y pesqueros del recurso.







