Cuota de Jurel: ¿Chile denunciando otra vez?

Los pesqueros chilenos conocidos “depredadores a nivel mundial”, por haber extraído irresponsablemente millones de toneladas de la especie marina Jurel (Trachurus picturatus murphyi) frente a las costas sudamericanas (Perú y Chile) en las décadas de los 80 y 90, y cuyas capturas terminaron quemadas en harina, consumándose casi el extermino de esta especie, con la reducción drástica en su biomasa, han puesto el grito en el cielo, luego que Produce aumentó la cuota de captura de este recurso dada a principios de año (2019) de 79.000 TM a 138.000 TM.

El incremento sucede, luego que Imarpe tras un científico y fundamentado informe, considera la actual abundancia del recurso en tallas permisibles para su captura frente a la costa peruana. El Jurel, como es sabido en los sectores más vulnerables de Perú, se destina exclusivamente al Consumo Humano Directo, CHD, a diferencia de Chile, que gran parte de sus capturas lo dirige al procesamiento de la harina.

¿La OROP-PS habrá realizado estudios científicos en situ sobre el Jurel?

Si bien cierto, la cuota recomendada por la Organización Regional de Pesca del Pacífico Sur (OROP-PS) es de 60 mil toneladas para Perú, esta institución al momento de dar sus recomendaciones no cuenta con información fidedigna sobre el estimado stock de Jurel en todo el Océano Pacifico Sudoriental, tal como lo demuestra, las cuotas anuales sub estimadas o sobre estimadas que recomendó desde 2010 a la fecha.

En ese sentido, el Perú es libre de incrementar, la cuota de captura dentro de nuestras 200 millas marinas, si es que amerita la presencia de Jurel, como es el caso del presente año y lo fue en el año 2011, que más de 270 mil toneladas de esta especie se capturaron cerca a la costa peruana, a pesar que lo establecido inicialmente era menor de 20 mil toneladas. Inexplicablemente hubo abundancia de este recurso que la OROP-PS no detectó como es su función hacerlo.

En conclusión, Perú es soberano para establecer sus cuotas de captura de las diferentes especies hidrobiológicas dentro de sus 200 millas marinas y nuestras autoridades están obligadas moral y patrióticamente a defender los intereses nacionales más aún si se trata de un recurso que se destina al CHD. ¿La OROP-PS habrá realizado estudios científicos en situ sobre el Jurel para avalar la denuncia planteada por chile a Perú? NO. Recopilar datos ineficientemente para recomendar capturas en países, sin tener fundamentos técnicos científicos, violenta tratados internacionales sobre el control de pesca.

Línea del tiempo

Greenpeace. Chile, en los años 80 y 90, las capturas de Jurel en el Pacífico Sur llegaron a sumar entre cinco y seis millones de toneladas anuales que se transformó en harina de pescado para la acuicultura y la alimentación de cerdos.

Perú. Fuera de las 200 millas marinas: capturas de Jurel 2009 (13,326 TM), 2010 (40,516 TM), 2011 (674 TM), 2012 (5,346 TM) y 2013 (2,670 TM).

Ley de Perú

Las pesquerías peruanas como actividades realizadas sobre recursos naturales renovables son reguladas por un marco jurídico, cuyo objetivo es asegurar su conservación y uso sostenible. La Ley General de Pesca (DL N°. 25977). Este marco normativo se inspira y está plenamente en concordancia con los principios rectores del Código de Conducta para la Pesca Responsable (FAO 1995).

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