¡Ya no incautarán embarcaciones!: Aprueban mejoras a la Ley de Extinción de Dominio.

El Pleno del Congreso de la República aprobó, en segunda votación y por mayoría (42 votos a favor, 25 en contra y 10 abstenciones), el dictamen que perfecciona el proceso de extinción de dominio y modifica el Decreto Legislativo 1373. La propuesta fue presentada en diciembre de 2024 por el congresista Isaac Mita Alanoca (Perú Libre).

El dictamen se basa en el Proyecto de Ley 3577/2022-CR y ya había sido aprobado en primera votación durante la sesión plenaria del 13 de diciembre de 2024.

El texto sustitutorio aprobado modifica el título preliminar y los artículos 2, 3, 5, 7, 13, 14, 15, 19, 22, 32, 35, 37 y 39, así como la cuarta disposición complementaria final. Además, incorpora el artículo 40-A al Decreto Legislativo 1373, norma que regula la extinción de dominio en el Perú.

Durante el debate, Isaac Mita Alanoca, presidente de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, explicó que la propuesta busca perfeccionar la respuesta del Estado frente al enriquecimiento ilícito de organizaciones criminales.

“Lo que se busca es obtener un beneficio positivo de dichos bienes ilícitos, generando un impacto favorable en las entidades encargadas de la investigación y persecución del delito, como el Ministerio Público. La idea es garantizar que cuenten con las herramientas necesarias para sancionar la conducta delictiva”, afirmó.

Entre las disposiciones destacadas, el artículo II, literal 2.3, señala que no se requiere una sentencia firme o laudo arbitral en casos de delitos como tráfico ilícito de drogas, terrorismo, secuestro, extorsión, trata de personas, contrabando, defraudación aduanera y tributaria, minería ilegal, estafa y delitos informáticos contra el patrimonio. En estos casos, el proceso judicial o arbitral no será oponible y el juez deberá rechazar de plano cualquier intento de suspensión del proceso.

Asimismo, el literal 2.10 subraya que:

“La extinción de dominio tiene como límite el derecho a la propiedad obtenida lícitamente y de buena fe, ejercida conforme al bien común y dentro de los límites legales”.

Cuestión previa rechazada

Durante el inicio del nuevo debate, el congresista Eduardo Salhuana Cavides propuso una cuestión previa para que el dictamen regresara a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, argumentando que se trataba de un tema delicado que requería mayor prudencia. No obstante, su propuesta fue rechazada por el Pleno.

“Si bien es cierto que, en los últimos tiempos, bajo el amparo de esta ley se han cometido excesos y abusos, con esta nueva redacción estamos yendo al extremo opuesto”, advirtió Salhuana.
“Plantear que la extinción de dominio solo se aplique cuando exista una sentencia firme es, en la práctica, anular este procedimiento como herramienta eficaz contra el crimen”, agregó.

En el debate también participaron los congresistas Sigrid Bazán Narro (BDP), Héctor Valer Pinto (SP), Américo Gonza Castillo (PL) y Flavio Cruz Mamani (PL).

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