Suspensión preventiva de la actividad extractiva de anchoveta

La Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura,  teniendo en cuenta la información remitida a través de la bitácora electrónica, por los capitanes de las embarcaciones pesqueras que efectúan actividad extractiva del recurso anchoveta, según la cual declaran haber sobrepasado los límites de tolerancia establecidos para la captura de ejemplares juveniles del recurso anchoveta, en cumplimiento a lo dispuesto en el  DS 024-2016-Produce que modifica el Art. 19 del Reglamento de la Ley General de Pesca, comunica la siguiente medida de excepción:

Disponer la Suspensión Preventiva de la Actividad Extractiva por el plazo de cinco (05) días, a partir de las 21:00 horas del 12 de mayo de 2021 y hasta las 21:00 horas del 17 de mayo de 2021, en las Zonas de Pesca que se indica a continuación:

Entre los 11°19’S a 11°49’S y de 77°25’W a 77°55’W del dominio marítimo (frente a Chancay – Lima)

Entre los 13°21’S a 13°45’S y de 76°30’W a 76°55’W del dominio marítimo (frente a San Clemente – Ica)

Entre los 17°51’S a 18°15’S y de 70°45’W a 71°15’W del dominio marítimo (frente a Puerto Grau – Tacna)

Invocar a las personas naturales y jurídicas, titulares de permisos de pesca de embarcaciones que realizan actividad extractiva, a fin de dar cumplimiento a las medidas preventivas para garantizar la sostenibilidad de los recursos hidrobiológicos autorizados y así evitar incurrir en infracciones a la normativa vigente.

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