Produce modifica normas de fiscalización y sanción en pesca y acuicultura

El Ministerio de la Producción (Produce) aprobó un nuevo Decreto Supremo Nº 006-2025-PRODUCE que modifica las reglas sobre fiscalización y sanción de las actividades de pesca y acuicultura en el país. La norma actualiza el listado de infracciones, establece nuevas sanciones y detalla cómo deben aplicarse las multas, decomisos y otras medidas frente a conductas que afecten los recursos marinos.

Además, se precisan criterios para sancionar reincidencias y se establecen mecanismos de cooperación interinstitucional para reforzar el control en zonas protegidas.

Cambios en la tipificación de infracciones

La norma modifica más de 50 numerales del artículo 134 del Reglamento de la Ley General de Pesca. Entre los principales cambios destacan:

Nuevas infracciones por realizar actividades extractivas sin autorización, uso de equipos no permitidos y omisión de fiscalizadores o técnicos durante las faenas.

Se incorporan infracciones muy graves, como:

Presentar documentación falsa.

Extraer especies protegidas.

Utilizar materiales tóxicos.

Realizar desembarques sin medios adecuados de preservación, generando la descomposición del recurso.

Se tipifican infracciones específicas en actividades de procesamiento, comercialización y transporte, como:

Procesar sin licencia vigente.

Exceder el porcentaje de pesca incidental permitido.

Almacenar recursos sin cumplir condiciones legales.

Clasificación y sanciones

Se establece una nueva clasificación de las infracciones según su gravedad: leves, graves y muy graves, en función del impacto sobre la sostenibilidad de los recursos.

Las sanciones pueden incluir:

Multas.

Decomisos.

Suspensión o cancelación de licencias y permisos.

También se actualizan las reglas sobre reincidencias, aplicando sanciones progresivas si se comete la misma infracción en plazos determinados. En casos reiterados, se podrá suspender o cancelar derechos administrativos como el permiso de pesca o la licencia de operación.

Procedimientos y colaboración interinstitucional

El decreto detalla el procedimiento para decomisos, diferenciando entre recursos destinados al consumo humano directo e indirecto. También establece el cálculo del valor comercial del recurso y los pasos para su disposición final.

En materia de cooperación, se faculta a Produce a compartir información del Sistema de Seguimiento Satelital (SISESAT) con el SERNANP, con el objetivo de reforzar la fiscalización en áreas naturales protegidas.

Disposiciones complementarias

Los procedimientos sancionadores en curso seguirán rigiéndose por las normas bajo las cuales fueron iniciados.

Produce podrá emitir disposiciones complementarias vía resolución ministerial para facilitar la implementación del nuevo marco normativo.

Se derogan disposiciones incompatibles del reglamento anterior, incluyendo el numeral 86 del artículo 134 y su respectivo código en el Cuadro de Sanciones.

 

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