Produce establece nuevo límite de captura para garantizar la continuidad sostenible de la pesca del calamar gigante o pota

La medida, sustentada en evidencia científica del Imarpe, incrementa el Límite Máximo de Captura Total Permisible a 589 230 toneladas y establece nuevas cuotas para el segundo semestre de 2026, incluyendo disposiciones específicas para las embarcaciones artesanales menores de 10 m³ de capacidad de bodega.

El Ministerio de la Producción (Produce) aprobó un nuevo Límite Máximo de Captura Total Permisible (LMCTP) para el recurso calamar gigante o pota, con el propósito de garantizar la continuidad de una de las principales pesquerías destinadas al consumo humano directo y de la que dependen miles de familias vinculadas a la actividad extractiva.

La medida fue oficializada mediante la Resolución Ministerial N.° 00191-2026-PRODUCE, publicada en el diario oficial El Peruano, luego de que las capturas acumuladas alcanzaran el 95,44 % del límite previamente autorizado.

El nuevo límite incrementa el LMCTP de 539 230 a 589 230 toneladas, decisión sustentada en la evaluación científica realizada por el Instituto del Mar del Perú (Imarpe), la cual permitirá mantener las actividades extractivas durante el segundo semestre del presente año bajo criterios de sostenibilidad.

“Esta decisión reafirma el compromiso del Gobierno con una gestión pesquera basada en ciencia. Cada medida que adopta Produce responde a evidencia técnica del Imarpe y busca asegurar que el aprovechamiento de nuestros recursos hidrobiológicos continúe generando empleo y desarrollo, contribuyendo al mismo tiempo a su sostenibilidad para las futuras generaciones”, señaló el viceministro de Pesca y Acuicultura, Jesús Barrientos.

Manejo sostenible basado en evidencia científica

Produce destacó que el nuevo Límite Máximo de Captura Total Permisible constituye una herramienta fundamental para la administración sostenible de la pesquería, ya que permite regular el esfuerzo pesquero, monitorear de manera permanente las capturas y garantizar que la extracción del recurso se mantenga dentro de niveles compatibles con su capacidad natural de renovación.

Asimismo, precisó que la medida se aplica bajo un enfoque de manejo adaptativo, que permite ajustar oportunamente las disposiciones de ordenamiento en función de la evolución de las capturas y de la información científica generada por el Imarpe.

Nuevas cuotas para la flota artesanal

La Resolución Ministerial también actualiza las medidas de ordenamiento dirigidas a las embarcaciones pesqueras artesanales menores de 10 m³ de capacidad de bodega, estableciendo un esquema específico de administración para este segmento de la flota.

En ese sentido, se asignó un límite de captura de 98 411 toneladas, volumen que forma parte del LMCTP total. De esta cantidad, 12 800 toneladas podrán ser extraídas durante el período comprendido entre el 6 de julio y el 31 de diciembre de 2026, con el propósito de fortalecer el seguimiento de los desembarques y mejorar el control del esfuerzo pesquero.

“El ordenamiento pesquero significa administrar responsablemente nuestros recursos. Con reglas claras, cuotas definidas y medidas diferenciadas para cada segmento de la flota fortalecemos el control de la actividad extractiva, brindamos mayor predictibilidad a los pescadores y aseguramos que la pota continúe siendo aprovechada de manera sostenible”, afirmó el viceministro Jesús Barrientos.

Con esta decisión, Produce reafirma su compromiso con una gestión pesquera sustentada en evidencia científica, orientada a garantizar la sostenibilidad del recurso, fortalecer el manejo adaptativo de la pesquería y contribuir al desarrollo económico y social de miles de familias vinculadas a la pesca artesanal y a toda la cadena productiva del calamar gigante o pota.

 

 

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