Anchoveteros de 26920: “Archivamiento de multas y sanciones privilegios para embarcaciones de la SNP”
Un secreto a voces, es que los armadores pesqueros de la Ley 26920, han tendido que batallar grandes luchas legales, para poder contar con la totalidad de sus cuotas de pesca de la Anchoveta; sin embargo, el Ministerio de la Producción, Produce, lejos de ser el ente asesor, cada que ha podido, ha aplicado la “Ley del embudo”, lo ancho para los quienes manejan mayores cuotas, con plantas harineras en todo el litoral y embarcaciones, y lo angosto, para quienes son armadores pesqueros independientes.
Esta denuncia se desprende, luego que Produce, actuando indebidamente a los armadores medianos y pequeños, sanciona, multa con montos millonarios, con incautación de pesca y suspensiones de sus embarcaciones (50 hasta 200 días) en plena faenas de pesca, sin tomar en cuenta sus apelaciones, defensas legales y técnicas; ello a pesar que son las mismas infracciones, que cometieron algunas embarcaciones, que pertenecen a la “cofradía del poder” es decir, la Sociedad Nacional de Pesquería, SNP.
Pues bien, los anchoveteros independientes denuncian con documentos en mano, ¿por qué a las embarcaciones que pertenecen a las empresas, miembros de la Sociedad Nacional de Pesquería, SNP, en este caso AUSTRAL GROUP SAA. Produce, les archivó sus multas, sanciones y suspensiones?.
Un claro ejemplo son: RD 6982-2016-PRODUCE/DGS, de la embarcación NUNCIA de matrícula CO-10398-PM; RD 6983-2016-PRODUCE/DGS, de la embarcación NUEVA OFELIA de matrícula CO-13721-PM; RD 6988-2016-PRODUCE/DGS, de la embarcación NUEVA RESBALOSA de matrícula CO-18517-PM; RD 7363-2016-PRODUCE/DGS, de la embarcación CASACA de matrícula CO-12234-PM; RD 7582-2016-PRODUCE/DGS, de la embarcación ROSA II de matrícula CO-16948-PM; RD 7583-2016-PRODUCE/DGS, de la embarcación PITI de matrícula CO-18813-PM; RD 7361-2016-PRODUCE/DGS, de la embarcación DON LUIS de matrícula CO-12186-PM; RD 7086-2016-PRODUCE/DGS, de la embarcación DON LUIS de matrícula CO-12186-PM; RD 6983-2016-PRODUCE/DGS, de la embarcación NUEVA RESBALOSA de matrícula CO-13012-PM; RD 7173-2016-PRODUCE/DGS, de la embarcación MARINA de matrícula CO-18644-PM y la RD 6983-2016-PRODUCE/DGS, de la embarcación NUEVA OFELIA de matrícula CO-13721-PM, en la cual, Produce, detecta a estas lanchas por impedir la transmisión y operatividad de los equipos del SISESAT, por un intervalo mayor a dos horas consecutivas, durante el cual habrían realizado extracción del recurso hidrobiológico Anchoveta, dentro de áreas prohibidas, que en castellano se traduce, en las 5 millas marinas.
Sin embargo, tras emitirse la sanción, en forma por demás cuestionable la Dirección General Supervisión y Fiscalización del Produce, señala “que habiéndose realizado las acciones correspondientes , a fin de probar si hubo impedimento por cualquier medio o acto de la trasmisión de los equipos SISESAT, el cual originó el corte de señal antes mencionado; no se pueden determinar las causas o circunstancias que sustenten el impedimento de la transmisión del equipo SISESAT, por lo que esta Dirección no se encuentra en condiciones de remitir los medios probatorios solicitados.
En pocas palabras, el mismo fiscalizador haciendo la labor del “abogado del diablo” dispone no solo el ARCHIVO de las infracciones si no también el levantamiento de las multas, suspensiones de días de pesca y la devolución del dinero de la pesca decomisada. Hecho que para los denunciantes armadores independientes resulta inaudito e injusto, ya que no se les aplica el mismo criterio con sus supuestas infracciones que son exactamente las mismas que las de AUSTRAL GROUP SAA, y es que a igual razón igual derecho.
Dato
Vale indicar que algunos armadores sechuranos han denunciado que ciertos abogados de Produce, entre ellos, un tal Terrones y Díaz, vendrían cobrando para levantarles las suspensiones y puedan sus embarcaciones salir a pescar.







