Gobierno permitirá la pesca industrial de Anchoveta desde la milla cinco

Con la información de: Gestion.pe

El Titular del Ministerio de la Producción, Produce, Bruno Giuffra, anunció hoy que se modificará la norma que regula la pesca de la Anchoveta, con el fin de que el sector industrial pueda hacerlo a partir de la milla cinco hacia adelante, y que su sector trabajará para potenciar la pesca artesanal.

Refirió que la actividad alrededor de la pesca tiene grandes urgencias, y la primera es atender las necesidades reales que tiene versus la normativa actual, en relación al Decreto Supremo 011 que no ha funcionado, para impulsar el Consumo Humano Directo.

El Ministro señaló que el decreto buscaba elevar el Consumo Humano Directo de Anchoveta, pero ello no ha ocurrido.

“Hay que corregir esa parte que no funcionó del decreto 011 y dejar de la milla cero a la cinco a la pesca artesanal totalmente protegida, para que de la milla cinco en adelante la pesca industrial pueda hacer su faena sin perjudicar a nadie”, afirmó Giuffra en RPP.

Explicó que la norma actual establece que la pesca de la Anchoveta está delimitada de la milla cinco a la 10 para la pesca artesanal y de la 10 en adelante para la industrial, pero que en la práctica por el calentamiento del Mar, perjudica a la actividad industrial, por el movimiento de los cardúmenes.

Pesca artesanal
El Ministro señaló que su gestión trabajará para potenciar a los pescadores artesanales, con el fin de beneficiar a las 50,000 familias que dependen de esta actividad económica.

Entre varios de los puntos en la agenda del sector para dar ordenamiento a la pesca artesanal, están los referidos al derecho de uso de las caletas, modernizar las embarcaciones por unas de fibra de vidrio, y el uso de la tecnología, y su formalización.

Sin etiquetas

Publicaciones Relacionadas

Dejar Comentarios

BOLETÍN DE NOTICIAS

Suscríbete a nuestro boletín electrónico para obtener consejos útiles

[mc4wp_form id="887"]
abril 2024
L M X J V S D
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
2930