Expertos afirman que cambios a la Ley de Extinción de Dominio evitarán abusos en su aplicación
Incautación de embarcaciones representaron enormes pérdidas en el sector pesquero, afirmó constitucionalista Adrián Simons.
La mala aplicación de la Ley de Extinción de Dominio, que implica la expropiación “legal” de los bienes, ha significado un daño irreparable para las empresas formales. El abogado constitucionalista Adrián Simons señaló que, efectivamente, ha habido un abuso de esta figura por parte de fiscales y jueces en contra de los activos de empresas que trabajan formalmente.
“Ha habido excesos. En el caso del sector pesquero formal, la incautación de sus activos (embarcaciones pesqueras) ha representado enormes pérdidas no solo para las empresas, sino también para los trabajadores y el mismo Estado, pues esta actividad solo se desarrolla dos veces al año, dejando de percibir ingresos importantes”, explicó.
En tal sentido, Simons se mostró a favor de modificar la Ley de Extinción de Dominio, con el fin de que su aplicación no proceda con el simple pedido de la fiscalía. “Lo que hay que hacer es mejorar la ley en aspectos técnicos; es decir, que la incautación no se conceda con el solo pedido, sino que haya requisitos básicos como en cualquier legislación; es decir, que sea razonable y tenga sustento jurídico”, agregó.
Por su parte, José Beteta, presidente de la Asociación de Contribuyentes del Perú, consideró necesaria la modificación realizada por el Pleno del Congreso de la República a la Ley de Pérdida de Dominio, toda vez que dicho mecanismo se ha convertido en un arma para que ONGs, jueces y fiscales ambientales se coludan, ataquen y expropien a las empresas privadas.
“Hasta embarcaciones pesqueras han sido expropiadas por la mala aplicación de esta norma y en la selva peruana, empresas agrícolas que hacen muy bien las cosas vienen siendo atacadas por ONGs que reciben dinero del extranjero para buscar crímenes ambientales”, mencionó.
Al respecto, Ernesto Godelman, director ejecutivo de CeDePesca, lamentó que, a pesar de las numerosas aclaraciones efectuadas por congresistas y juristas, aún hay fiscales que interpretan que la pesca incidental (involuntaria) es un delito que debe ser castigado con la extinción de dominio, multas elevadas y, eventualmente, la prisión para pescadores.
“De continuar incluyendo dichas infracciones con actividades de crimen organizado se estaría impactando negativamente sobre una de las principales actividades económicas del Perú: la pesca industrial y artesanal”, refirió.







