Produce establece cuota de captura de bonito para el primer semestre de 2026 y beneficiará a pescadores artesanales
El Ministerio de la Producción (Produce) estableció un nuevo límite de captura para el recurso bonito (Sarda chiliensis chiliensis), fijando una cuota total de 68 367 toneladas para el periodo de enero a junio de 2026. La medida busca fortalecer el desarrollo económico del sector pesquero artesanal y contribuir a la seguridad alimentaria de las familias peruanas.
La disposición fue oficializada mediante la Resolución Ministerial N.° 00070-2026-PRODUCE, con el objetivo de optimizar el aprovechamiento social y económico de este recurso hidrobiológico, garantizando al mismo tiempo su sostenibilidad.
Gestión inclusiva y manejo adaptativo
Como parte de un enfoque de manejo adaptativo, Produce estableció una distribución diferenciada de la cuota de pesca, considerando las características de los distintos segmentos de la flota artesanal:
29 170 toneladas para embarcaciones artesanales que operan con red de cerco con capacidad de bodega mayor a 20 m³ hasta 32,6 m³.
13 607 toneladas para embarcaciones de cerco con capacidad de bodega entre 10 m³ y 20 m³.
17 831 toneladas para embarcaciones artesanales de cerco con capacidad de bodega menor a 10 m³.
7 759 toneladas para embarcaciones que operan con red de cortina y otros artes pasivos.
El ministro de la Producción, César Quispe Luján, destacó que el estado del recurso permite mantener oportunidades de pesca responsables.
“El stock de bonito se mantiene saludable gracias a la responsabilidad compartida entre el Estado y los pescadores”, señaló.
Asimismo, precisó que el monitoreo constante del Instituto del Mar del Perú (Imarpe) confirma que la biomasa del recurso se encuentra en niveles óptimos, lo que permite desarrollar la actividad extractiva de manera sostenible.
Medidas de conservación y control
La norma también establece diversas medidas de conservación destinadas a proteger los procesos biológicos del recurso. En caso de detectarse captura incidental de ejemplares juveniles, la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción (DGSFS-PA), previa recomendación del IMARPE, podrá suspender preventivamente las faenas de pesca en la zona afectada hasta por cinco días consecutivos, medida que podría ampliarse o convertirse en suspensión definitiva si la situación persiste.
Asimismo, la actividad extractiva deberá cumplir con diversas disposiciones, entre ellas:
Contar con permiso de pesca vigente.
Realizar la descarga del recurso en puntos autorizados.
Utilizar sistemas de preservación con hielo en una proporción mínima de 2:1.
Reportar información de zarpe y captura.
Garantizar la trazabilidad del recurso mediante transporte en vehículos isotérmicos registrados.
La resolución también establece límites máximos de captura por faena, diferenciados según la capacidad de bodega y el tipo de arte de pesca. Además, para las embarcaciones de cerco con capacidad de bodega mayor a 20 m³ hasta 32,6 m³ se contemplan medidas adicionales de control del esfuerzo pesquero.
Finalmente, Produce implementará un sistema de seguimiento permanente del avance de la cuota, mediante reportes que serán publicados cada tres días sobre el progreso de las capturas y las faenas realizadas por las embarcaciones participantes. Esto permitirá garantizar la transparencia del proceso y asegurar el cumplimiento de las medidas de manejo establecidas para la pesquería del bonito.







