Gobierno declara estado de emergencia en 20 regiones por riesgo muy alto de lluvias e inundaciones

El Gobierno del Perú declaró el Estado de Emergencia por 60 días calendario en distritos de diversas provincias de 20 departamentos del país, ante el riesgo “muy alto” de lluvias intensas, inundaciones y deslizamientos, según el Decreto Supremo N.° 003-2026-PCM, publicado este 9 de enero en el diario oficial El Peruano.

La medida alcanza a zonas vulnerables de Amazonas, Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Puno, San Martín, Tacna y Ucayali, donde existe una amenaza directa para la vida, la salud y la infraestructura de la población.

Sustento técnico y escenario climático adverso

De acuerdo con el decreto, la decisión se basa en un Informe Situacional del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), elaborado a partir de reportes técnicos del CENEPRED, el Senamhi y la Comisión Multisectorial ENFEN, los cuales advierten un escenario climático adverso entre enero y marzo de 2026.

El documento oficial señala que la magnitud del peligro ha superado la capacidad de respuesta de los gobiernos regionales y locales, lo que hace necesaria la intervención del Gobierno Nacional, configurándose una emergencia de nivel 4, según el Reglamento del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (Sinagerd).

Acciones durante el estado de emergencia

Durante la vigencia del estado de emergencia, los gobiernos regionales y municipales deberán ejecutar acciones inmediatas y excepcionales orientadas a la reducción del riesgo, así como labores de respuesta y rehabilitación, bajo la coordinación y supervisión del INDECI.

En estas intervenciones participarán, según sus competencias, los ministerios de Salud; Educación; Desarrollo Agrario y Riego; Vivienda, Construcción y Saneamiento; Defensa; Interior; Transportes y Comunicaciones; Energía y Minas; Mujer y Poblaciones Vulnerables; y Desarrollo e Inclusión Social, entre otras entidades públicas y privadas.

Financiamiento y seguimiento

El decreto precisa que las acciones se financiarán con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Asimismo, el INDECI deberá coordinar, supervisar y reportar a la Presidencia del Consejo de Ministros los resultados de las acciones ejecutadas.

La norma fue refrendada por el presidente del Consejo de Ministros, los ministros de los sectores involucrados y el presidente de la República, José Enrique Jerí Oré. Los distritos específicos declarados en emergencia se detallan en el anexo del decreto supremo.

 

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