Aprueban nuevo modelo de convenio para gestionar infraestructura pesquera artesanal
El Ministerio de la Producción, los gobiernos regionales, Fondepes y las organizaciones de pescadores artesanales participarán en la gestión de estas infraestructuras.
El Gobierno aprobó un nuevo modelo de Convenio de Gestión para la Administración de las Infraestructuras Pesqueras Artesanales, que será suscrito entre el Ministerio de la Producción o los gobiernos regionales, el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero (Fondepes) y las Organizaciones Sociales de Pescadores Artesanales.
La medida fue establecida mediante la Resolución Ministerial N.º 00317-2026-PRODUCE, publicada hoy en la separata de Normas Legales del diario oficial El Peruano.
La norma aprueba un nuevo modelo de convenio de gestión aplicable a nivel nacional. A este deberán sujetarse las Organizaciones Sociales de Pescadores Artesanales que inicien el trámite para suscribir un convenio con el Ministerio de la Producción o los gobiernos regionales.
Asimismo, la resolución deja sin efecto la Resolución Ministerial N.º 110-2012-PRODUCE, así como sus modificatorias: las Resoluciones Ministeriales N.º 007-2014-PRODUCE, N.º 482-2019-PRODUCE, N.º 00475-2024-PRODUCE y N.º 00189-2026-PRODUCE.
Transición de los convenios vigentes
Los convenios suscritos al amparo de la Resolución Ministerial N.º 110-2012-PRODUCE y sus modificatorias, que se encuentren vigentes a la fecha de publicación de la nueva resolución, mantendrán su vigencia hasta el cumplimiento de su plazo de duración original.
No obstante, por acuerdo de las partes, estos convenios podrán adecuarse al nuevo modelo aprobado mediante la suscripción de la respectiva adenda, sin modificar su plazo de duración.
La adecuación deberá garantizar el cumplimiento de las obligaciones contractuales asumidas y asegurar la continuidad de la gestión administrativa de la infraestructura pesquera artesanal.
Autorizan funciones a la Dirección General de Pesca Artesanal
La norma autoriza al titular de la Dirección General de Pesca Artesanal, respecto de las infraestructuras pesqueras artesanales de titularidad del Ministerio de la Producción, a suscribir los Convenios de Gestión celebrados bajo el nuevo modelo aprobado.
Asimismo, podrá suscribir adendas para la adecuación, modificación o renovación de los convenios, así como resolver aquellos celebrados bajo el modelo adoptado, previa ejecución de las acciones administrativas necesarias.
Entre sus atribuciones también se encuentra la recepción de la infraestructura, instalaciones y equipos de las infraestructuras pesqueras artesanales que no hayan sido transferidas, de acuerdo con el inventario y la memoria descriptiva correspondiente, incluyendo las mejoras efectuadas y previa liquidación.
De igual manera, deberá coordinar y gestionar la transferencia al Ministerio de la Producción de los saldos existentes en las cuentas derivadas de la gestión administrativa realizada por las Organizaciones Sociales de Pescadores Artesanales.
En caso de resolución o vencimiento del convenio, la Dirección General de Pesca Artesanal podrá asumir de manera inmediata la posesión y administración de la infraestructura pesquera artesanal no transferida, con el fin de garantizar la continuidad del servicio público.
La norma también la faculta a realizar las acciones administrativas necesarias para la recuperación, entrega, recepción y continuidad de la gestión de las Infraestructuras Pesqueras Artesanales de titularidad del Ministerio de la Producción.
Medidas complementarias
Finalmente, la Dirección General de Pesca Artesanal, en coordinación con los órganos correspondientes, aprobará mediante Resolución Directoral las medidas complementarias necesarias para implementar las obligaciones administrativas de las Organizaciones Sociales de Pescadores Artesanales y de los administradores de las Infraestructuras Pesqueras Artesanales, previstas en el nuevo modelo de convenio.







