Produce fija en 75 mil toneladas el límite de captura de anchoveta para consumo humano directo en 2026
El límite será aplicable a las actividades extractivas artesanales y de menor escala en todo el litoral peruano. La cuota podrá ser modificada de acuerdo con el seguimiento científico que realice el Imarpe.
El Ministerio de la Producción (Produce) estableció en 75 000 toneladas el Límite Máximo Total de Captura para Consumo Humano Directo (LMTC-CHD) del recurso anchoveta para el año 2026, aplicable a las actividades extractivas artesanales y de menor escala desarrolladas en todo el litoral peruano.
La medida fue oficializada mediante la Resolución Ministerial N.° 00301-2026-PRODUCE, publicada el 28 de agosto en el diario oficial El Peruano, y dispone que las capturas de anchoveta destinadas al consumo humano directo realizadas durante el presente año sean contabilizadas como parte del límite establecido.
Asimismo, la norma señala que el LMTC-CHD podrá ser modificado en función del seguimiento permanente de la pesquería que realiza el Instituto del Mar del Perú (Imarpe). Esta evaluación permitirá ajustar el volumen de captura de acuerdo con la situación del recurso y garantizar el abastecimiento de anchoveta para el procesamiento destinado al consumo humano directo.
La resolución también establece que la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción podrá suspender o concluir las actividades extractivas cuando el Imarpe lo recomiende debido a circunstancias ambientales o biológicas.
La medida también podrá aplicarse cuando se alcance o se estime que se alcanzará el límite de 75 000 toneladas establecido para 2026. En caso contrario, las actividades extractivas autorizadas bajo este límite no podrán extenderse más allá del 31 de diciembre de 2026.
La anchoveta capturada bajo este régimen deberá destinarse exclusivamente al consumo humano directo, constituyendo una medida orientada a asegurar la disponibilidad del recurso para el procesamiento de productos destinados a la alimentación.







