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CHILE  – Al Senado acuerdo que frena pesca ilegal en aguas internacionales

CHILE – Al Senado acuerdo que frena pesca ilegal en aguas internacionales

Con la información de Aqua.cl

Por 110 votos, la Cámara de Diputados ratificó y despachó al Senado el proyecto de acuerdo (boletín 10182) que aprueba el Acuerdo sobre la Aplicación de las Disposiciones de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, del 10 de diciembre de 1982, Relativas a la Conservación y Ordenación de las Poblaciones de Peces Transzonales y las Poblaciones de Peces Altamente Migratorios, adoptado en Nueva York, el 4 de agosto de 1995.

La iniciativa fue informada a la Sala por los diputados Javier Hernández (UDI), Iván Flores (DC) y Felipe De Mussy (UDI), de las comisiones de Relaciones Exteriores, de Pesca y de Hacienda.

De acuerdo con lo informado por la Cámara Baja, en los antecedentes de la propuesta se explica que la Convención Sobre Pesca y Créditos: Camara de DiputadosConservación de los Recursos Vivos de la Alta Mar, de 29 de abril de 1958, significó un avance en el derecho internacional del mar, pero resultó inoperante por la falta de acuerdo sobre la extensión y límites de los espacios marítimos jurisdiccionales. Así, la entrada en vigor internacional, en 1994, de la Convención de las Naciones Unidas sobre Derecho del Mar (Convemar) fue la que dio un paso decisivo en la materia.

Al definir los espacios marinos, la Convemar consolidó el régimen jurídico internacional de las zonas económicas exclusivas, pero obligó a las flotas pesqueras de aguas distantes a realizar sus actividades en la alta mar, ayudadas por el desarrollo tecnológico de sus naves. Esta nueva realidad se convirtió en un desafío para los países ribereños, en atención a que las actividades depredadoras que estas flotas desarrollaban en áreas adyacentes a sus zonas económicas exclusivas, socavaban la eficacia de las medidas que pudiesen adoptar dentro de estas.

De igual manera, se detalló que el marco legal representado por la Convemar estaba severamente limitado en su aplicación por interpretaciones y prácticas de Estados que concebían la alta mar como el último bastión de las llamadas “libertades del mar”.

En este escenario internacional, pesquero y normativo, diversos países ribereños, entre estos Chile, comenzaron a impulsar activamente iniciativas que permitieran hacer frente a esta situación y cuyo último hito se verificó con el Acuerdo sobre la aplicación de las disposiciones de la Convemar relativas con la conservación y ordenación de las poblaciones de peces transzonales y las poblaciones de peces altamente migratorios.

“More than twelve years have passed since the entry into force of the Agreement, and considering that there is still significant illegal fishing activity in the area of ​​the Eastern South Pacific adjacent to the jurisdictional waters of Chile, this instrument constitutes a fundamental tool to combat these illegal activities,” recalca el mensaje que acompaña a esta iniciativa.

El proyecto de acuerdo contempla los siguientes puntos: asegurar la conservación a largo plazo y el uso sostenible de las poblaciones de peces transzonales y las poblaciones de peces altamente migratorios; obligar a los Estados partes a aplicar el criterio de precaución, en la conservación, ordenación y explotación de las poblaciones de peces protegidas; desarrolla el principio de cooperación internacional; determina que los estados cuyos barcos pesquen en alta mar adopten las medidas necesarias para que las embarcaciones cumplan las medidas subregionales y regionales; fija los procedimientos básicos para las visitas y la inspección de naves, entregando nuevas facultades de fiscalización a los órganos competentes chilenos; y establece medios pacíficos para la solución de controversias que se susciten entre los Estados.

Fiscalización

El Diputado Bernardo Berger, quien es miembro de la Comisión de Pesca, Acuicultura e Intereses Marítimos, puntualizó que espera que el tratado no termine “en letra muerta”, advirtiendo que será necesario adoptar medidas paralelas como incurrir en gastos presupuestarios del erario fiscal, aumentar las dotaciones funcionarias y la capacidad fiscalizadora del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (Sernapesca), que se traduzcan en un compromiso concreto y real de recursos materiales humanos y logísticos para cumplir las obligaciones que serán suscritas.

“Otherwise, none of this agreement makes sense, and not complying with it would be shooting ourselves even more in the foot if we want to regain and maintain some international confidence in our economy,” enfatizó el legislador

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