Con la información de: Produce.gob.pe
、彼らの繁殖期産省の間にエビを守る製造するために、彼はこの国の海洋資源のための閉じたシーズンはステージが2016年2月15日に終わる2ヶ月続くことを報告しました。
さらに彼は、閣僚決議第305から2004-プロデュースに裏打ちされた、エビ詳細な海洋環境の同じ抽出禁止されているコース-この措置は、年の最後の12月16日まで-startと言いましたそして潮の小川。
En ese sentido, el Produce explicó que a nivel nacional queda impedido su desembarque, transporte, retención, transformación, utilización y consumo proveniente del medio natural.
El Ministerio de la Producción recordó que las personas naturales y/o jurídicas que extraigan, desembarquen y/o transporten, retengan, transformen, comercialicen o utilicen el recurso Langostino proveniente del medio natural durante el periodo de veda en el ámbito nacional, serán sancionadas conforme a lo dispuesto por Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N°012-2001-PE, así como lo estipulado en el Reglamento de Inspecciones y del Procedimiento Sancionador de las Infracciones en las Actividades Pesqueras y Acuícolas; y demás disposiciones legales vigentes.
Finalmente, el Produce recordó que durante las acciones de seguimiento, vigilancia y control de la actividad langostinera que efectúen los inspectores de la Dirección Regional de la Producción competente o de la Dirección General de Supervisión y Fiscalización del Ministerio de la Producción, las personas naturales y jurídicas que se encuentren realizando el cultivo del recurso Langostino, deberán presentar la documentación que acredite que las postlarvas sembradas provienen de Centros o Laboratorios de Producción Artificial nacionales o extranjeros y que, en el segundo caso, la importación fue efectuada de acuerdo a las disposiciones legales vigentes.
Asimismo, el Ministerio de la Producción informa que se pueden formular denuncias contra aquellos que infrinjan la norma a través del siguiente número telefónico: 616-2222 Anexo 2628, mediante el WhatsApp: 996 513 807; o escribir al siguiente email: deNunciザ·s@produce.グラムob。p電子