{"id":34398,"date":"2026-10-05T17:25:21","date_gmt":"2026-10-05T22:25:21","guid":{"rendered":"https:\/\/www.perupesquero.org\/web\/?p=34398"},"modified":"2026-10-05T17:25:21","modified_gmt":"2026-10-05T22:25:21","slug":"produce-autoriza-pesca-exploratoria-de-pota-ante-el-nino-2026-2027","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.perupesquero.org\/web\/produce-autoriza-pesca-exploratoria-de-pota-ante-el-nino-2026-2027\/","title":{"rendered":"Produce autoriza pesca exploratoria de pota ante El Ni\u00f1o 2026-2027"},"content":{"rendered":"<p><em><strong>La medida permitir\u00e1 evaluar directamente en el mar el comportamiento del calamar gigante y ajustar las decisiones de manejo seg\u00fan las condiciones oceanogr\u00e1ficas.<\/strong><\/em><\/p>\n<p>El Ministerio de la Producci\u00f3n (Produce) autoriz\u00f3 una primera pesca exploratoria del calamar gigante o pota (<em>Dosidicus gigas<\/em>) como parte de una estrategia de seguimiento adaptativo frente a las condiciones oceanogr\u00e1ficas asociadas al fen\u00f3meno El Ni\u00f1o 2026-2027.<\/p>\n<p>La medida fue establecida mediante la Resoluci\u00f3n Ministerial N.\u00b0 00348-2026-PRODUCE, que encarga al Instituto del Mar del Per\u00fa (Imarpe) la ejecuci\u00f3n de esta actividad desde el d\u00eda siguiente de su publicaci\u00f3n hasta el 31 de octubre de 2026.<\/p>\n<p>El objetivo es obtener informaci\u00f3n directamente de las zonas de pesca sobre la distribuci\u00f3n, abundancia, tallas y otras caracter\u00edsticas biol\u00f3gico-pesqueras de la pota, as\u00ed como conocer c\u00f3mo responde el recurso a las actuales condiciones del oc\u00e9ano.<\/p>\n<p>Informaci\u00f3n obtenida directamente en el mar<\/p>\n<p>A diferencia de una medida basada \u00fanicamente en informaci\u00f3n hist\u00f3rica o indicadores oceanogr\u00e1ficos, la pesca exploratoria permitir\u00e1 recoger datos directamente durante las operaciones de la flota.<\/p>\n<p>\u201cEsta primera pesca exploratoria nos permitir\u00e1 obtener informaci\u00f3n directamente en el mar y conocer c\u00f3mo se est\u00e1 comportando la pota frente a las condiciones oceanogr\u00e1ficas asociadas a El Ni\u00f1o. Estamos fortaleciendo la base cient\u00edfica para que las decisiones de manejo respondan a evidencia y no \u00fanicamente a indicadores aislados\u201d, afirm\u00f3 el viceministro de Pesca y Acuicultura, Jes\u00fas Barrientos.<\/p>\n<p>La informaci\u00f3n obtenida ser\u00e1 evaluada por Produce e Imarpe para determinar si resulta necesario adoptar nuevas medidas o autorizar posteriores actividades exploratorias.<\/p>\n<p>La resoluci\u00f3n establece que podr\u00e1n realizarse nuevas pescas exploratorias hasta el 31 de diciembre de 2026. Cada decisi\u00f3n estar\u00e1 sujeta a los resultados de las actividades anteriores, los informes cient\u00edficos de Imarpe, los Comunicados Oficiales de la Comisi\u00f3n Multisectorial encargada del Estudio Nacional del Fen\u00f3meno El Ni\u00f1o (Enfen) y la evoluci\u00f3n de las condiciones biol\u00f3gico-pesqueras del recurso.<\/p>\n<p>De esta manera, el manejo de la pesquer\u00eda podr\u00e1 ajustarse conforme se obtenga nueva informaci\u00f3n sobre el comportamiento de la pota durante el desarrollo de El Ni\u00f1o 2026-2027.<\/p>\n<p>Imarpe deber\u00e1 evaluar cada actividad<\/p>\n<p>El Imarpe deber\u00e1 presentar el informe final de cada pesca exploratoria en un plazo m\u00e1ximo de siete d\u00edas calendario despu\u00e9s de culminada la actividad. Cuando corresponda, este informe podr\u00e1 incluir el plan de trabajo para una nueva pesca exploratoria.<\/p>\n<p>\u201cEstamos estableciendo una estrategia adaptativa para la pota: primero generamos evidencia, evaluamos los resultados y, sobre esa base, establecemos nuevas medidas complementarias que permitan nuevas salidas por parte de la flota pesquera artesanal, siempre pensando en la sostenibilidad de la pesquer\u00eda\u201d, se\u00f1al\u00f3 Barrientos.<\/p>\n<p>La primera actividad contar\u00e1 con embarcaciones de hasta 32,6 m\u00b3 de capacidad de bodega, que deber\u00e1n tener permiso de pesca y habilitaci\u00f3n sanitaria vigentes. Cada embarcaci\u00f3n podr\u00e1 realizar como m\u00e1ximo dos faenas y deber\u00e1 utilizar l\u00edneas poteras, con arribo a puerto hasta el 31 de octubre.<\/p>\n<p>Las operaciones estar\u00e1n sujetas a mecanismos de seguimiento, control y trazabilidad mediante equipos Sisesat operativos o, cuando corresponda, otros mecanismos establecidos por Produce.<\/p>\n<p>Las embarcaciones tambi\u00e9n deber\u00e1n registrar informaci\u00f3n sobre las zonas donde realizan sus capturas, las cantidades extra\u00eddas, el destino del recurso y el transporte utilizado. Las descargas deber\u00e1n efectuarse en puntos autorizados.<\/p>\n<p>Observaci\u00f3n cient\u00edfica de la pota<\/p>\n<p>Durante las operaciones, Imarpe realizar\u00e1 el monitoreo de la actividad y podr\u00e1 disponer la presencia de observadores cient\u00edficos. Estos especialistas recoger\u00e1n informaci\u00f3n sobre las faenas, realizar\u00e1n mediciones biom\u00e9tricas y efectuar\u00e1n la colecta de ejemplares y muestras biol\u00f3gicas.<\/p>\n<p>Cada embarcaci\u00f3n participante deber\u00e1 entregar, adem\u00e1s, un m\u00ednimo de dos ejemplares completos de pota para los an\u00e1lisis cient\u00edficos correspondientes.<\/p>\n<p>La informaci\u00f3n permitir\u00e1 conocer con mayor precisi\u00f3n las caracter\u00edsticas del recurso en las zonas donde opera la flota y determinar si existen cambios asociados a las condiciones ambientales que actualmente afectan al mar peruano.<\/p>\n<p>Una estrategia frente a la variabilidad oceanogr\u00e1fica<\/p>\n<p>La pesca exploratoria responde a la recomendaci\u00f3n de Imarpe de mantener un seguimiento directo y continuo de la pota durante El Ni\u00f1o 2026-2027. El prop\u00f3sito es observar la respuesta de la poblaci\u00f3n y su comportamiento frente a los cambios oceanogr\u00e1ficos.<\/p>\n<p>El enfoque adaptativo plantea un esquema sencillo: observar, obtener informaci\u00f3n, evaluar los resultados y ajustar las decisiones de manejo cuando sea necesario.<\/p>\n<p>Esto permitir\u00e1 que las medidas sobre la pesquer\u00eda no dependan de un \u00fanico indicador, sino de la informaci\u00f3n cient\u00edfica que se vaya obteniendo directamente en el mar y de la evoluci\u00f3n de las condiciones oceanogr\u00e1ficas.<\/p>\n<p>La medida se encuentra respaldada por el Reglamento de Ordenamiento Pesquero de la pota, que establece que Imarpe debe realizar investigaci\u00f3n cient\u00edfica permanente sobre este recurso para determinar su potencial de extracci\u00f3n sostenible y proporcionar al Ministerio de la Producci\u00f3n las bases cient\u00edficas necesarias para adoptar decisiones orientadas a su conservaci\u00f3n y aprovechamiento sostenible.<\/p>\n<p>En un escenario marcado por la variabilidad oceanogr\u00e1fica asociada a El Ni\u00f1o 2026-2027, el seguimiento de la pota permitir\u00e1 contar con informaci\u00f3n actualizada para evaluar su comportamiento y sustentar las decisiones de manejo de esta importante pesquer\u00eda.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La medida permitir\u00e1 evaluar directamente en el mar el comportamiento del calamar gigante y ajustar las decisiones de manejo seg\u00fan las condiciones oceanogr\u00e1ficas. 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