{"id":2117,"date":"2014-10-08T22:03:34","date_gmt":"2014-10-09T03:03:34","guid":{"rendered":"http:\/\/www.perupesquero.org\/?p=2117"},"modified":"2014-10-08T22:03:34","modified_gmt":"2014-10-09T03:03:34","slug":"ue-los-nuevos-reglamentos-en-etiquetado-de-productos-del-mar","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/www.perupesquero.org\/web\/ue-los-nuevos-reglamentos-en-etiquetado-de-productos-del-mar\/","title":{"rendered":"UE: Los nuevos reglamentos en etiquetado de productos del Mar"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\">(Faro de Vigo) Dos nuevas disposiciones comunitarias en materia de etiquetado que afectan a los productos del Mar empezar\u00e1n a aplicarse el pr\u00f3ximo 13 de diciembre. Son el Reglamento (UE) 1379\/2913, por el que se establece la Organizaci\u00f3n Com\u00fan de Mercados (OCM) en el sector de los productos de la Pesca y la Acuicultura, y el Reglamento (UE) 1169\/2011, sobre informaci\u00f3n alimentaria facilitada al consumidor.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El primero estipula que la forma de declarar un Pescado o producto acu\u00edcola-pesquero para venta en el envase es la denominaci\u00f3n comercial y su nombre cient\u00edfico y, a tal fin, cada Estado miembro debe confeccionar y publicar una lista de denominaciones comerciales aceptadas en sus respectivos territorios, junto con los nombres cient\u00edficos. Esta informaci\u00f3n es obligatoria para todos los productos que se comercializan en la Uni\u00f3n Europea (UE), con las excepci\u00f3n de las conservas y productos preparados.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En el caso de Espa\u00f1a, tal y como refleja la revista Conxemar, el listado vigente recoge m\u00e1s de 1.200 especies (frente a las 400 de Reino Unido, por ejemplo); un listado excesivo que comporta dificultades para las industrias espa\u00f1olas a la hora de dise\u00f1ar los envases. En este sentido, la Comisi\u00f3n Europea (CE) lanz\u00f3 una convocatoria para un proyecto que tiene como objetivo elaborar un listado de denominaciones comerciales com\u00fan para toda la UE, aunque su viabilidad est\u00e1 cuestionada ya que el n\u00famero de especies que se comercializan en Espa\u00f1a nada tiene que ver con las que se comercializan en otros pa\u00edses europeos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La nueva OCM, junto con los Reglamentos de Control de la Pol\u00edtica Pesquera Com\u00fan (PPC), establece criterios espec\u00edficos de trazabilidad y de informaci\u00f3n al consumidor sobre los productos de la pesca y la acuicultura. Enlazando con los requisitos de etiquetado de los Reglamentos de Control, las principales novedades del nuevo Reglamento (UE) 1379\/2013 son, adem\u00e1s de la denominaci\u00f3n comercial y cient\u00edfica, especificar si el producto ha sido descongelado previamente; el arte de Pesca; y la fecha de duraci\u00f3n m\u00ednima si procede.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Respecto a si el producto se ha descongelado previamente o no, en la nueva OCM, adem\u00e1s de las excepciones recogidas en el Reglamento 404\/2011, se a\u00f1aden dos m\u00e1s: los ingredientes que contenga el producto acabado; y los alimentos para los que la congelaci\u00f3n sea una fase del proceso de producci\u00f3n t\u00e9cnicamente necesaria.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Informaci\u00f3n al consumidor<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Por su parte, el Reglamento (UE) 1169\/2011, que tambi\u00e9n entrar\u00e1 en vigor en diciembre, establece numerosas novedades: indicaci\u00f3n de agua a\u00f1adida; elaborado a partir de piezas de pescado; y venta a distancia son solo algunas de ellas.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Adem\u00e1s, la informaci\u00f3n nutricional pasa a ser obligatoria y se debe declarar: valor energ\u00e9tico, grasas, \u00e1cidos grasos saturados, hidratos de carbono, az\u00facares, prote\u00ednas y sal (si procede se puede indicar \u201ccontenido en sal debido al sodio presente de forma natural\u201d). De igual manera, se establece un marco legal para la informaci\u00f3n voluntaria.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Otra novedad son las responsabilidades a lo largo de la cadena: el operador responsable de la informaci\u00f3n alimentaria ser\u00e1 aquel con cuyo nombre o raz\u00f3n social se comercialice el producto y, de no estar establecido en la Uni\u00f3n Europea, el importador del alimento al mercado de la UE.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Por su parte, el comercializador no pondr\u00e1 a la venta alimentos no conformes con la legislaci\u00f3n y no modificar\u00e1 la informaci\u00f3n de la etiqueta si puede inducir a error o reduce la protecci\u00f3n del consumidor.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El Reglamento garantiza la legibilidad determinando un tama\u00f1o m\u00ednimo de letra seg\u00fan el tama\u00f1o del envase y deja abierto que puedan exigirse otros aspectos en el futuro como el color, la distancia entre letras y l\u00edneas, el grosor, el tipo de letra o el contraste.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Cabe destacar tambi\u00e9n la posibilidad de que haya que indicar el pa\u00eds de origen\/lugar de procedencia cuando se mencione el de un alimento y este no sea el mismo que el de su ingrediente primario; o cuando se trate de alimentos no transformados, productos con un solo ingrediente o ingredientes que constituyen m\u00e1s del 50% del alimento.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Congelaci\u00f3n y glaseado<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Otra obligatoriedad importante es la fecha de primera congelaci\u00f3n para productos de la pesca no transformados congelados, cuando el producto haya sido congelado en m\u00e1s de una ocasi\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Por \u00faltimo, el nuevo Reglamento establece que en alimentos glaseados, el peso neto no incluir\u00e1 el peso del glaseo. Es decir, lo que ahora significa peso neto escurrido, pasar\u00e1 a indicarse bajo peso neto.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>FUENTE:<\/strong> Aqua.cl<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>(Faro de Vigo) Dos nuevas disposiciones comunitarias en materia de etiquetado que afectan a los productos del Mar empezar\u00e1n a aplicarse el pr\u00f3ximo 13 de diciembre. 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