{"id":1638,"date":"2014-06-27T08:52:42","date_gmt":"2014-06-27T13:52:42","guid":{"rendered":"http:\/\/www.perupesquero.org\/?p=1638"},"modified":"2014-06-27T08:52:42","modified_gmt":"2014-06-27T13:52:42","slug":"iremos-a-la-ciat-sin-haber-repartido-cuota-de-atun","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/www.perupesquero.org\/web\/iremos-a-la-ciat-sin-haber-repartido-cuota-de-atun\/","title":{"rendered":"Iremos a la CIAT sin haber repartido cuota de At\u00fan"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\">Seg\u00fan el abogado pesquero Juan Neyra Balta, de un an\u00e1lisis profundo al Art. 58 de nuestra Carta Magna, se desprende que toda iniciativa econ\u00f3mica privada debe ser apoyada por el Estado, mediante la expedici\u00f3n de normas que orienten al desarrollo del pa\u00eds, mayor raz\u00f3n si esta permitir\u00e1 un desarrollo econ\u00f3mico y social, basado en uno de los recursos m\u00e1s importantes como es el At\u00fan; ello conllevar\u00eda a aportar no s\u00f3lo descargas de At\u00fan en puertos peruanos, sino tambi\u00e9n generaci\u00f3n m\u00ednima de 20 mil puestos de trabajo, adem\u00e1s de Impuesto a la Renta en beneficio del Estado respectivamente.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Todas estas situaciones, Neyra las plante\u00f3 ante el Ejecutivo, incluyendo una modificaci\u00f3n del Art. 2 del DS. 002-2011-PRODUCE, Reglamento de la Ley 28965, Ley de Promoci\u00f3n para la Extracci\u00f3n de Recursos Microbiol\u00f3gicos Altamente Migratorios, que establece el Diesel Uso Marino o Marine Gas Oil (MGO) con contenido de azufre menor o igual a 50 ppm, considerando que \u00e9ste combustible debe cambiarse por DIESEL 2, que es similar y el Estado peruano a trav\u00e9s de Petroper\u00fa, venderle a los armadores a precio de importaci\u00f3n, as\u00ed no los subsidia, simplemente, le cobra al armador atunero al precio costo. Ejemplo palpable. Ecuador subsidia el combustible a sus barcos a US$ 0.90\/Gal\u00f3n y obtiene descargas por encima de 600,000 T.M. anuales, generando empleo por parte de las industrias, Impuesto a la Renta y activaciones de los agentes econ\u00f3micos afines a esta actividad pesquera, como son, servicios de muelle, estibadores, tiendas de abastos, provisiones, ferreter\u00edas, talleres mec\u00e1nicos, torner\u00edas, tiendas de repuestos, tiendas de redes, agencias navieras, de aduana, de viaje, restaurantes, hoteles, etc. etc. Se a\u00fanan tambi\u00e9n a estos subsidios M\u00e9xico, Colombia y Venezuela.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Lo contrario sucede en Per\u00fa, donde aplicando lo dispuesto en el DS. 002-2011-PRODUCE se vende el combustible Marine Gas Oil, libre de impuestos a US$ 3.39\/Gal\u00f3n, promoviendo el alejamiento de las inversiones peruanas, lo que significa que esta norma es un total fracaso y requiere de una modificaci\u00f3n urgente. Se debe tener en cuenta, que esta Ley resulta casi inaplicable, ya que el MGO es un combustible que s\u00f3lo se vende a trav\u00e9s de los puertos de Talara y Callao; Talara no permite que barcos atuneros se abastezcan en su muelle por un tema de falta de infraestructura para atender a dichas embarcaciones. Mientras que en el Callao, para su abastecimiento, tienen la diferencia de dos d\u00edas de navegaci\u00f3n del puerto de Paita y tomar combustible en este puerto implica un gasto adicional de aproximadamente US$ 12,000.00 por gastos portuarios. En cambio, la ventaja del Diesel 2, es que se expende en la planta de Petroper\u00fa-Piura, lo que significa que el barco despu\u00e9s de finalizada la descarga, se puede avituallar a trav\u00e9s del puerto de Paita y salir a pescar, sin tener que ir hasta el Callao.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Para que esto se logre, no se requiere de una gran flota, bastar\u00e1 que se le venda el Diesel 2 de manera selectiva a una flota de 12 barcos de 1,000 T.M. de capacidad de bodega y que descarguen m\u00ednimo el 50% de las mismas. Ahora, si se incorpora el Diesel 2 al DS 002-2011-PRODUCE, podr\u00edamos tener buenos resultados; se descargar\u00eda m\u00e1s At\u00fan en puertos peruanos y se crear\u00edan 20,000 puestos de trabajo, como en su momento lo analiz\u00f3 el ex Ministro Rafael Rey cuando propuso la Ley de Promoci\u00f3n del At\u00fan, 28965, y que por cada 1,000 T.M. descargadas se generar\u00edan 400 puestos de trabajo directo. Se generar\u00eda tambi\u00e9n importante Impuesto a la Renta en beneficio del pa\u00eds, adem\u00e1s de contribuir ampliamente al esfuerzo del fondo de estabilizaci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La historia atunera del pa\u00eds, se remonta a la d\u00e9cada del 50, cuando Paita fue el principal puerto atunero de Am\u00e9rica Latina, actualmente es el m\u00e1s atrasado del Pacifico Sur, en situaci\u00f3n de emergencia; a la fecha muestra un absoluto abandono por parte del gobierno central; lo que no sucede con Manta (Ecuador), que ha sabido aprovechar la coyuntura pol\u00edtica y ha impulsado la actividad atunera, convirti\u00e9ndose hoy en d\u00eda, en una ciudad moderna y cosmopolita, que basa su desarrollo en dicha pesquer\u00eda atunera.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Cumplimiento de abastecimiento del 30% de At\u00fan en plantas procesadoras nacionales<br \/>\nEl 26 de marzo 2013, se public\u00f3 el DS 002-2013-PRODUCE, que modifica el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del At\u00fan para Promover el Abastecimiento de Industria Nacional Conservera y Congeladora, que establece una serie de requisitos y obligaciones para las embarcaciones atuneras de bandera extranjera, que operan en nuestro dominio mar\u00edtimo, as\u00ed como el cumplimiento del convenio del 30% de abastecimiento a las plantas de procesamiento nacional.<br \/>\nAl transcurrir la presente temporada de pesca, observamos que existen aproximadamente 40 embarcaciones atuneras de bandera extranjera premunidas de permisos de pesca para capturar tunidos en nuestras aguas, tambi\u00e9n apreciamos que en el portal del Ministerio de la Producci\u00f3n aparecen aproximadamente 20 plantas procesadoras industriales inscritas y aptas para adquirir y procesar tunidos capturados en nuestras aguas.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Otro punto importante es que al existir en nuestro pa\u00eds s\u00f3lo 2 empresas enlatadoras capaces t\u00e9cnica y financieramente de adquirir dichos vol\u00famenes de At\u00fan a barcos de bandera extranjera, podr\u00eda generar un grave problema de congesti\u00f3n (cuello de botella) cuando las embarcaciones ingresen a puerto peruano a descargar sus capturas hasta un 30%, m\u00e1s a\u00fan si se acrecienta la temporada de pesca, que perjudicar\u00eda las labores de los armadores atuneros. Es importante saber que la actividad atunera exige din\u00e1mica y ahorro de tiempo en las naves y precisamente al ser aleatoria y de alto riesgo, los barcos en tierra ocasionan elevados por sobre estad\u00eda, debido a falta de c\u00e1maras frigor\u00edficas de las plantas procesadoras nacionales.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Mientras las plantas peruanas inscritas ante el Ministerio de la Producci\u00f3n se van acomodando para competir en nuestro mercado nacional y no ocasionar trastornos como:<br \/>\nA.- Debido a existir 2 plantas capaces de adquirir las pescas, podr\u00eda crear una serie de pr\u00e1cticas de tipo monop\u00f3licas contraviniendo el esp\u00edritu de los convenios suscritos frente a su autoridad.<br \/>\nB.- Los armadores al no poder descargar de manera oportuna sus capturas por falta de capacidad de compra y\/o almacenamiento de sus capturas por parte de las plantas procesadoras nacionales, originar\u00eda perdidas econ\u00f3micas.<br \/>\nC.-.Una de las caracter\u00edsticas m\u00e1s importantes de la actividad atunera es su aleatoriedad, que muchas veces los periodos reales de pesca sobre pasan los 90 d\u00edas, que dura el permiso de pesca, raz\u00f3n por la cual ser\u00eda prudente que el PRODUCE, aplique criterios y plazos m\u00e1s amplios para que el armador pueda cumplir con descargar de sus capturas hasta un 30%.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Iremos a la CIAT sin haber repartido cuota de At\u00fan<\/strong><br \/>\nHace tres a\u00f1os, el Per\u00fa celebr\u00f3 que la Comisi\u00f3n Interamericana del At\u00fan Tropical (CIAT) autorizara el reparto de 5.000 m3 de capacidad de bodega para la captura de At\u00fan entre embarcaciones de bandera peruana. Tras tres concursos p\u00fablicos, PRODUCE s\u00f3lo entrego unos 2.600 m\u00b3 a tres empresas locales, para que lo capturen dentro de las 200 millas.<br \/>\nEste hecho se vuelve importante. Primero es que en un mes seremos sede de la edici\u00f3n 87 de la reuni\u00f3n de la CIAT, donde se teme que habr\u00e1 un llamado de atenci\u00f3n sobre la aparente incapacidad de Per\u00fa para usar la cuota asignada.<br \/>\nEl segundo es que con el calentamiento del Mar, producto del fen\u00f3meno de El Ni\u00f1o, habr\u00e1 una mayor abundancia de esta especie en nuestro pa\u00eds que no ser\u00e1 aprovechada.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Banderas: Miembros y no Miembros Cooperantes de la CIAT<br \/>\nBLZ Belice<br \/>\nBOL Bolivia<br \/>\nCAN Canad\u00e1<br \/>\nCHN China<br \/>\nCOK Islas Cook<br \/>\nCOL Colombia<br \/>\nCRI Costa Rica<br \/>\nECU Ecuador<br \/>\nEU (ESP) Uni\u00f3n Europea (Espa\u00f1a)<br \/>\nEU (PRT) Uni\u00f3n Europea (Portugal)<br \/>\nFRA Francia<br \/>\nGTM Guatemala<br \/>\nJPN Jap\u00f3n<br \/>\nKIR Kiribati<br \/>\nKOR Rep\u00fablica de Corea<br \/>\nMEX M\u00e9xico<br \/>\nNIC Nicaragua<br \/>\nPAN Panam\u00e1<br \/>\nPER Per\u00fa<br \/>\nSLV El Salvador<br \/>\nTWN Taip\u00e9i Chino<br \/>\nUSA Estados Unidos de AVEN Venezuela<br \/>\nVUT Vanuatu<br \/>\nOtras banderas<br \/>\nBMU Bermuda<br \/>\nCHL Chile<br \/>\nCYM Islas Caim\u00e1n<br \/>\nCYP Chipre<br \/>\nFSM Estados Federados de Micronesia<br \/>\nHND Honduras<br \/>\nLBR Liberia<br \/>\nNZL Nueva Zelanda<br \/>\nRUS Rusia<br \/>\nVCT St. Vicente y Granadina<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Seg\u00fan el abogado pesquero Juan Neyra Balta, de un an\u00e1lisis profundo al Art. 58 de nuestra Carta Magna, se desprende que toda iniciativa econ\u00f3mica privada debe ser apoyada por el Estado, mediante la expedici\u00f3n de normas que orienten al desarrollo del pa\u00eds, mayor raz\u00f3n si esta permitir\u00e1 un desarrollo econ\u00f3mico y social, basado en uno [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":1653,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[63],"tags":[],"class_list":["post-1638","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticias"],"_links":{"self":[{"href":"http:\/\/www.perupesquero.org\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1638","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"http:\/\/www.perupesquero.org\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"http:\/\/www.perupesquero.org\/web\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/www.perupesquero.org\/web\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/www.perupesquero.org\/web\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1638"}],"version-history":[{"count":0,"href":"http:\/\/www.perupesquero.org\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1638\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"http:\/\/www.perupesquero.org\/web\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1638"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"http:\/\/www.perupesquero.org\/web\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1638"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"http:\/\/www.perupesquero.org\/web\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1638"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}