{"id":12313,"date":"2017-02-03T19:35:07","date_gmt":"2017-02-04T00:35:07","guid":{"rendered":"http:\/\/www.perupesquero.org\/web\/?p=12313"},"modified":"2017-02-03T19:35:07","modified_gmt":"2017-02-04T00:35:07","slug":"chile-presentan-proyecto-de-ley-que-establece-capacidad-de-pesca-y-categorias-de-embarcaciones","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/www.perupesquero.org\/web\/chile-presentan-proyecto-de-ley-que-establece-capacidad-de-pesca-y-categorias-de-embarcaciones\/","title":{"rendered":"CHILE &#8211;  Presentan proyecto de ley que establece capacidad de pesca y categor\u00edas de embarcaciones"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\"><em>Con la informaci\u00f3n de: Aqua.cl<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La Ley N\u00b020.451 que establece las normas transitorias para enfrentar la cat\u00e1strofe del 27 de febrero de 2010 introdujo una serie de modificaciones a la Ley General de Pesca y Acuicultura, LGPA, entre ellas la que sustituye algunas especificaciones propias de naves artesanales, dej\u00e1ndole la tarea al Ejecutivo para que mediante un reglamento estableciera las categor\u00edas de embarcaciones artesanales por eslora, su capacidad m\u00e1xima y el volumen m\u00e1ximo de bodega.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">A saber, un alto porcentaje de la flota inscrita en los registros pesqueros muestra la tendencia al aumento de la capacidad de bodega, siendo las embarcaciones de 12, 15 y 18 metros de eslora las que han aumentando su capacidad extractiva, aprovech\u00e1ndose de una normativa que se dict\u00f3 para ayudar al sector pesquero a enfrentar una situaci\u00f3n de cat\u00e1strofe. As\u00ed, al aumentar la capacidad por viaje a la permitida, no solo se vulnera el esp\u00edritu de la ley, que dice la conservaci\u00f3n de los recursos hidrobiol\u00f3gicos, sino adem\u00e1s se vulnera la seguridad de la navegaci\u00f3n y altera el esfuerzo pesquero al aumentar el volumen de las bodegas de las embarcaciones.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Motivo de lo anterior, los diputados Juan Morano, Iv\u00e1n Flores y Yasna Provoste presentaron un proyecto de ley que lo que busca es mejorar la regulaci\u00f3n de la pesca artesanal. Al respecto, el Diputado Morano detall\u00f3 que \u201cesta instrucci\u00f3n en la pr\u00e1ctica no se ha concretado, particularmente las que dicen relaci\u00f3n con la capacidad de bodega o como indicaba la norma, hasta antes de su modificaci\u00f3n, de toneladas de registro grueso, caracter\u00edstica que a nuestro parecer debi\u00f3 permanecer vigente en la ley por la importancia que esta reviste para mantener la seguridad de la pesca artesanal y evitar que las bodegas de las embarcaciones aumenten su capacidad extractiva sobre el l\u00edmite propuesto\u201d.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Adem\u00e1s, Morano explic\u00f3 que<em> \u201choy d\u00eda, y por algunos anacronismos, se ha quedado solo en la eslora -largo de la embarcaci\u00f3n- y ha comenzado a ocurrir un hecho asintom\u00e1tico, que es que hay personas que han acortado el largo de la embarcaci\u00f3n para cambiar de categor\u00eda su nave, pero han aumentado mucho la capacidad de carga, haciendo unos verdaderos globos debajo de la cubierta\u201d.<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">De igual manera, el Legislador sostuvo que lo que hace este proyecto es agregar otro concepto, que es la tara, es decir el tonelaje de registro de peso que puede transportar la nave. <em>\u201cNo es una soluci\u00f3n definitiva, pero es un avance sustantivo y hemos preferido avanzar en este t\u00e9rmino regulando la capacidad de carga, y las otras materias quedar\u00e1n, ya sea para una indicaci\u00f3n sustitutiva del Ejecutivo o por alguna propuesta de nuestros colegas en la Comisi\u00f3n de Pesca\u201d,<\/em> subray\u00f3 Morano.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Finalmente, la indicaci\u00f3n propuesta por los diputados queda de la siguiente manera:<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><em>\u201cPor reglamento se establecer\u00e1n categor\u00edas de embarcaciones artesanales por eslora. Asimismo, se determinar\u00e1 para cada categor\u00eda su capacidad de carga m\u00e1xima, el volumen m\u00e1ximo de bodega y el m\u00e1ximo de tonelada de registro grueso, TRG, para cada una de las categor\u00edas seg\u00fan corresponda al arte de pesca, teniendo en consideraci\u00f3n la explotaci\u00f3n racional de los recursos hidrobiol\u00f3gicos. En todo caso, la capacidad de carga m\u00e1xima por viaje de pesca de la categor\u00eda correspondiente a la mayor eslora, no podr\u00e1 exceder de 50 toneladas (\u2026)\u201d.<\/em><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Con la informaci\u00f3n de: Aqua.cl La Ley N\u00b020.451 que establece las normas transitorias para enfrentar la cat\u00e1strofe del 27 de febrero de 2010 introdujo una serie de modificaciones a la Ley General de Pesca y Acuicultura, LGPA, entre ellas la que sustituye algunas especificaciones propias de naves artesanales, dej\u00e1ndole la tarea al Ejecutivo para que [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":12314,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[77,63],"tags":[],"class_list":["post-12313","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-internacionales","category-noticias"],"_links":{"self":[{"href":"http:\/\/www.perupesquero.org\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/12313","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"http:\/\/www.perupesquero.org\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"http:\/\/www.perupesquero.org\/web\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/www.perupesquero.org\/web\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/www.perupesquero.org\/web\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=12313"}],"version-history":[{"count":1,"href":"http:\/\/www.perupesquero.org\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/12313\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":12315,"href":"http:\/\/www.perupesquero.org\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/12313\/revisions\/12315"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/www.perupesquero.org\/web\/wp-json\/wp\/v2\/media\/12314"}],"wp:attachment":[{"href":"http:\/\/www.perupesquero.org\/web\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=12313"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"http:\/\/www.perupesquero.org\/web\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=12313"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"http:\/\/www.perupesquero.org\/web\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=12313"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}